Revista Punto Final pierde demanda contra el Estado

El Tribunal de Libre Competencia rechazó la demanda de la revista Punto Final contra ministerios por las arbitariedades en el avisaje estatal en prensa escrita, sin perjuicio de esto, este tribunal que revisa delitos de caracter económico emitio algunas consideraciones sobre las mejores prácticas para la contratación de avisaje por parte del Estado"desde el punto de vista de la competencia es deseable que los órganos del Estado que avisan en los medios escritos de comunicación recaben al menos la información mínima indispensable para poder decidir qué medio es el más idóneo para transmitir un determinado mensaje"...

12 de Noviembre - El día de ayer, el Tribunal rechazó la demanda interpuesta por la Sociedad Editora, Impresora y Distribuidora de Publicaciones y Videos Punto Final S.A. en contra de los Ministerios de Hacienda, de Justicia y de Planificación y Cooperación (Mideplan), por supuestas prácticas contrarias a las normas de defensa de la libre competencia, que habrían estado constituidas por una eventual concentración injustificada de avisaje en medios escritos realizado por esas reparticiones en dos grandes cadenas periodísticas –las de El Mercurio S.A.P y Consorcio Periodístico S.A. (Copesa), en desmedro de otras empresas del rubro a las que la demandante denominó “prensa independiente”.

En su sentencia, el TDLC determinó que en el expediente del proceso no existe antecedente probatorio alguno que permita acreditar que las demandadas hayan discriminado arbitrariamente en contra de la demandante en la contratación de avisaje estatal, ni antecedentes económicos que permitan concluir que las demandadas debieron contratar una mayor cantidad de avisaje en la Revista Punto Final.

Que sin perjuicio de lo resuelto, el Tribunal realizó algunas consideraciones respecto de las características del mercado de los medios de comunicación escritos las que -en síntesis- señalan que desde el punto de vista de la competencia es deseable que los órganos del Estado que avisan en los medios escritos de comunicación recaben al menos la información mínima indispensable para poder decidir qué medio es el más idóneo para transmitir un determinado mensaje, lo que supone que dichos órganos accedan -previo a las adjudicaciones y en el marco de los procesos licitatorios- a información sobre tiraje y lectoría lo más precisa que sea posible, tanto en términos generales como en lo relativo a los distintos segmentos de mercado a los que esté dirigido un determinado medio de comunicación.

Vea el texto completo de la sentencia aquí

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